10 de noviembre de 2022
Despido disciplinario · Teoría gradualista | Publicado originalmente: 10 de noviembre de 2022 | Revisado y verificado: 24 de junio de 2026 (fuentes: BOE [ET], CENDOJ, CGPJ) 1. Problemática Una situación frecuente: un trabajador acumula durante meses retrasos, ausencias o pequeños incumplimientos que la empresa tolera sin advertencia ni sanción alguna; un día, la dirección decide despedirlo de forma fulminante invocando precisamente esa conducta reiterada. ¿Es válido ese despido, o la propia tolerancia empresarial previa lo debilita? La cuestión enfrenta dos ideas: la facultad disciplinaria del empresario (art. 58 ET) y el principio de proporcionalidad que rige todo el Derecho sancionador. La respuesta exige conocer la teoría gradualista del Tribunal Supremo y el papel que juegan la tolerancia y la ausencia de sanciones previas.

