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Cuando se examina una carta de despido y en especial, las causas económicas argumentadas, es conveniente analizar diversos aspectos que nos van a indicar, hasta que punto está justificada de la causa argumentada, o, tan solo se trata de una causa aparente, que nada tiene que ver con el espíritu de la Ley.

Es frecuente la presentación de una serie estadística de ventas, que abarca un determinado periodo de tiempo. Estadística en la que se muestra un descenso de las ventas.

En primer lugar, para abordar la cuestión, comenzaremos por definir e identificar el concepto de valor agregado o añadido de la empresa. “ Valor agregado” es la cuantía que el contingente de trabajo y los medios de capital empleados por la empresa aportan al proceso productivo o de intermediación. Como se identifica: restando del volumen de ventas, todos los inputs ( aprovisionamientos, trabajos realizados por otras empresas, otros gastos de
explotación ). Expresado de otro modo: sueldos y salarios ( coste del contingente de trabajo ) + amortizaciones (coste de capital invertido) + beneficio atribuido.

De la propia definición de valor agregado se desprenden dos conceptos íntimamente relacionados -la cuantía y -el contingente de trabajo. Esto es, la cuantía de valor agregado generada siempre será proporcional al contingente de trabajo. Aspecto, que se debe tener muy presente por todo lo que ello supone.

En cuanto a las causas de despido objetivo relacionaríamos un excedente de la fuerza de trabajo ( mano de obra ) con un déficit de valor producido; ya que éste, será el requerido por la baja actividad y por consiguiente aportará un menor valor agregado.

Así cuando se aporta una estadística con disminución de las ventas, no es aquello lo que demuestra un descenso de la actividad real, sino tan sólo que el volumen de ventas ha descendido; sin más.
Planteemos, lo siguiente:

Si el precio del petróleo desciende y los combustibles bajan de precio, las gasolineras, seguirán vendiendo los mismos o incluso más litros manteniendo o incluso haciendo crecer la 2 actividad ( menor precio, mayor consumo); sin embargo, el volumen de ventas descenderá. ¿sería aceptable el argumento de “causas económicas” fundamentadas en el descenso de las operaciones ?

Es evidente que no. Pues en el espíritu de la ley subyace que exista un verdadero excedente de mano de obra relacionado con la caída de la actividad. Es esa y no otra la razón por la que llegaría a incurrir en pérdidas: pues el coste del contingente de trabajo superaría al valor que éste aporta al proceso productivo o de intermediación.

Del mismo modo, se pueden argumentar las pérdidas como causa económica. Sin embargo, como se deja entrever en el párrafo anterior, la pérdida es una consecuencia o el efecto de la verdadera causa.

Tan sólo el argumento de pérdidas no es suficiente para relacionarlas con un excedente de la fuerza de trabajo y por consiguiente justificar un despido.

Con frecuencia y especialmente a principios de esta década, se producían quebrantos por dotaciones de activos sobrevalorados, generándose cuantiosas pérdidas, que nada tenían que ver con la actividad productiva. O, simplemente se incrementaban las amortizaciones de activos induciendo las pérdidas. De allí que, cuando se declaran perdidas en una empresa, debemos analizar si estas han sido inducidas, o realmente provienen de un desequilibrio entre el valor producido y el coste del contingente de mano de obra empleado para producirlo.

El análisis de la contabilidad nos aportará luz a todos los interrogantes relacionados con los argumentos esgrimidos en la carta de despido. Unos simples indicadores, relativos a ventas, o resultados de la cuenta de Pérdidas y Ganancias, no son suficientes para justificar una causa económica. Pues en un caso, tanto aumentos o los descensos en la cifra de negocio no son indicativos de aumento o disminución de la actividad; y en otro caso las pérdidas son efectos de una causa, pero ésta, no tiene por qué estar relacionada con el descenso de actividad.

Fdo Armando Pagnussatt Pérez
Economista


Programa Kit Digital cofinanciado por los fondos Next Generation (EU)
del mecanismo de recuperación y resiliencia.

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