Desencanto y vacaciones
22 de julio de 2024Bajo rendimiento: despido disciplinario o resolución contractual
24 de octubre de 2024Más de 150 años y continúa
El 1 de junio de 1869 se aprueba la Constitución del Reino de España que introduce en nuestro derecho, como elemento de progreso, el sistema de ingreso a la carrera judicial mediante la oposición.
La UE aprueba el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (BOE de 12 de julio de 2024), tras debate abierto desde 2018.
El 25 de junio de 2024 PP y PSOE, tras 6 años de desencuentros, alcanzan acuerdo para proceder a la inmediata renovación del Consejo General del Poder Judicial en sede parlamentaria. Entre los 20 vocales propuestos, juristas de reconocido prestigio, no hay ningún abogado.
El 3 de septiembre de 2024 el Consejo General del Poder Judicial elegía a su presidenta, Isabel Perello, primera magistrada en presidir el Tribunal Supremo desde su creación en 1812.
El 4 de septiembre de 2024 tomaba posesión de su cargo.
El 5 de septiembre de 2024 en el salón de plenos del TS, el rey Felipe VI abrió el año judicial, primero con un Consejo General del Poder Judicial renovado.
En la madrugada del 11 de septiembre de 2024 el Senado mexicano aprobó, con mayoría cualificada, la reforma de su constitución, que cambia íntegramente el sistema de elección de sus jueces, ahora por voto popular.
El 13 de septiembre de 2024 se estrena en España la película del director Simón Casal, justicia artificial. Argumento: estamos en el 2028 y el gobierno español acaba de anunciar un referéndum para aprobar un sistema de IA que pretende automatizar y despolitizar la justicia, además de acortar sus plazos, sustituyendo a los jueces por ordenadores. El algoritmo es el juez.
En esta misma web: https://gutierrezarrudi.com/limites-a-la-inteligencia-artificial-brindis-al-sol-o-puertas-en-el-mar/
Algunos datos
La distribución por sexos de la judicatura en nuestro país, jueces y magistrados con plaza, según el Informe sobre la estructura de la carrera judicial 2024 publicado por el CGPJ, se proyecta en un total de 5.305 jueces y magistrados: 2.268 hombres y 3.037 mujeres.
La Asociación de Jueces para la democracia ha calculado el coste mínimo que han de invertir los opositores a la carrera judicial, en torno a los 25.000 euros.
Una parte importante de los opositores a judicaturas procede de familias de juristas.
Tras la licenciatura o grado, se requiere una media de cuatro o cinco años de preparación memorística y exposición con preparador, del temario a judicatura.
Las fases para el acceso a la judicatura son dos: oposiciones y formación inicial.
En esta misma web, véase https://gutierrezarrudi.com/2020-justicia-mecanica-o-justicia-social/
Memoria
Desde la Constitución de 1869 que introdujo la memoria como elemento de progreso, el sistema de ingreso en la carrera judicial, la oposición, no ha cambiado.
Ni la recuperación de la democracia, ni la masificación y generalización de las tecnologías de información y comunicación, con referencia singular a la IA (Inteligencia Artificial), ni el sentido de la lógica, o el criterio propio, la ponderación, la capacidad de razonamiento, el equilibrio, la equidad, la independencia …se exigen, ni valoran en la oposición a judicatura.
Lo único que se pide a un candidato a juez en la oposición desde 1869 hasta 2024 es un ejercicio, notable y meritorio sin duda, de memoria.
Se pide que el aspirante exponga sus conocimientos, recite el contenido lo más rápido y decir lo más posible, con cierto orden y capacidad recitativa, sin cometer errores graves. Es todo.
Los estudios y análisis estadístico de las oposiciones, efectuados en 2007 por Fernandez Bagües han demostrado el peso que en el aprobado tienen factores ajenos al mérito del candidato, tales como la composición del tribunal (a más miembros especialistas mayor rigor) o el día de la semana que tiene lugar el ejercicio (los lunes hay más suspensos),o el lapso temporal entre el primer y segundo ejercicio, o el parentesco con miembros dela carrera judicial o la Comunidad autónoma de procedencia del edificio
El sistema de oposición continúa anclado en su configuración decimonónica, enciclopédica y memorística. El aprendizaje por repetición de los temarios, hace muy difícil o sencillamente imposible constatar si los mismos están interiorizados y comprendidos por el opositor, que sencillamente los recita. La destreza mecánica y humana, simple repetición, siempre será inferior en tiempo, seguridad y objetividad a la destreza operativa de la Inteligencia Artificial.
Escuela judicial
El 18 de febrero de 1997 se inauguraba la Escuela Judicial en Barcelona y el 26 de febrero siguiente, se iniciaba el curso para la 48 promoción de jueces, bajo la dependencia del Consejo General del Poder Judicial.
La Escuela Judicial lleva a cabo la coordinación e impartición de la enseñanza inicial tras la oposición del futuro juez.
Su duración es de dos años, una vez superada la oposición de acceso a la carrera judicial, con tres métodos: caso cerrado, caso secuenciado y caso abierto (virtual). El primer año es académico y se imparte por docentes en la Escuela Judicial en su sede de Barcelona. El segundo año se divide entre un periodo de prácticas en un juzgado, bajo la directa y personal supervisión de Magistrados tutores (y con una duración no inferior a cuatro meses) y un periodo de sustitución y refuerzo (con una duración mínima de cuatro meses). Solamente la superación de cada uno de estos periodos posibilita el acceso al siguiente.
En los más de 25 años de funcionamiento, la Escuela judicial acredita exclusivamente dos suspensos, (problemas psicológicos/ausencia).
Inteligencia artificial: razones prácticas para el cambio.
La memoria, cuando se aprueba la oposición se convierte en un factor de legitimación del nuevo juez.
El marco conceptual de la oposición supone expulsar todos los datos ajenos, especialmente todos los factores aleatorios desvinculados de los criterios de una selección adecuada. La capacidad memorística resulta fácil de valorar por el tribunal, no así la capacidad argumentativa. Declamación frente a argumentación.
Si la oposición memorística, como se afirma por algunos jueces de las asociaciones mayoritarias, produce una judicatura independiente e imparcial, si ello es así, fácil resulta deducir que la IA puede automatizar la memoria y el temario de la oposición, de manera mucho más precisa, rápida y neutral, despolitizar la justicia y acortar los plazos de respuesta al justiciable, por lo que no es descartable que finalmente y de forma progresiva el algoritmo sea el juez., como se propone en la distopia de la película de Simón Casal, Justicia artificial.
En el mundo del derecho es un mundo de argumentación sobre hechos, debe primar la lógica, la ponderación, la capacidad de razonamiento, el sentido común (equidad), el criterio propio e independiente, la capacidad de escucha y sugerencia, el silogismo como proceso…. que coloque siempre los principios constitucionales y legales por encima de los personales y por encima de la simple memoria.
En esta misma web: https://gutierrezarrudi.com/limites-a-la-inteligencia-artificial-brindis-al-sol-o-puertas-en-el-mar/
Debemos dejar a las maquinas, hoy a la inteligencia artificial, lo que las maquinas pueden hacer de forma más eficiente y si la oposición memorística, como afirman algunos jueces conservadores, produce una judicatura independiente e imparcial, debemos concluir que el algoritmo será el juez de futuro, al acreditar una memoria más amplia, eficaz, rápida y transparente que la de los humanos.
La alternativa como afirman otros jueces progresistas, es cambiar el sistema de selección de jueces en nuestro país, pasando de la memoria a la argumentación y capacidad: test psicológico (pruebas de inteligencia y personalidad), ejercicios escritos de casos prácticos, corregidos por el sistema de doble ciego, ejercicios orales con comprensión e interrelación de las materias, preguntas y repreguntas, publicidad y grabación de los mismos. En definitiva, dejando a los humanos lo más importante, que la decisión judicial contenga las razones de la misma, no que me dé la razón sin razones la maquina (algoritmo).