18 de noviembre de 2019

Doble escala salarial: cuándo es discriminatorio pagar distinto según la fecha de ingreso

Salario / Convenio colectivo / Igualdad | Publicado originalmente: 18 de noviembre de 2019 | Revisado y verificado: 24 de junio de 2026 (fuentes: BOE, CENDOJ, TJUE, ET) 1. Problemática Es relativamente frecuente que un convenio colectivo pague distinto a quienes hacen el mismo trabajo, según la fecha en que entraron en la empresa: los «antiguos» conservan un complemento que los «nuevos» no perciben. Es la llamada doble escala salarial. ¿Es lícita? ¿O vulnera el principio de igualdad? La respuesta exige distinguir con cuidado.