10 de agosto de 2026

Indefinido no fijo en la Administración: la «funcionarización» de la plaza no justifica el cese sin indemnización

Administración Pública / Indefinido no fijo / Despido | Publicado originalmente: 7 de octubre de 2019 | Revisado y actualizado: 24 de junio de 2026 (fuentes: BOE, CENDOJ, ET, TREBEP) 1. Problemática Es una práctica que se repite en muchas administraciones: un trabajador indefinido no fijo (por reconocimiento o por declaración judicial tras una contratación temporal abusiva) ocupa una plaza de naturaleza laboral; la Administración convierte esa plaza en funcionarial, la saca a oposición y, cuando la cubre un funcionario de carrera, cesa al trabajador sin indemnización, alegando que la plaza ya está cubierta. ¿Es lícito ese cese?