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Muchas de las grandes novedades del Derecho del Trabajo español de los últimos años no nacen en el BOE, sino en Luxemburgo: la indemnización de los temporales, el cómputo del despido colectivo, la protección frente al despido por discapacidad. ¿Por qué una sentencia europea puede cambiar la aplicación de una ley española? La respuesta está en tres principios (primacía, efecto directo e interpretación conforme) que conviene entender para no perderse en este diálogo entre ordenamientos.
2. Hechos y Fundamentos
La integración del Derecho de la Unión en el orden social descansa en unos principios asentados por el Tribunal de Justicia. Se resumen así:
El Derecho de la Unión goza de primacía sobre el Derecho nacional contrario (que debe inaplicarse), y sus normas suficientemente claras e incondicionales tienen efecto directo; además, el juez nacional debe interpretar el Derecho interno de conformidad con el Derecho de la Unión hasta donde el texto lo permita (principios de primacía, efecto directo e interpretación conforme).
Las claves son varias. Primera, la primacía: ante una norma española incompatible con el Derecho de la Unión, el juez nacional debe inaplicar la norma interna y dar prevalencia a la europea; no se trata de declararla nula, sino de no aplicarla al caso. Segunda, el efecto directo: las disposiciones del Derecho de la Unión suficientemente claras, precisas e incondicionales pueden invocarse directamente ante los tribunales; con un matiz importante, el efecto directo de las directivas opera con plenitud frente al Estado (vertical), pero es más limitado en las relaciones entre particulares (horizontal), donde suele actuar la interpretación conforme. Tercera, la interpretación conforme: el juez debe leer la ley española a la luz de la directiva hasta donde el tenor lo permita; así, por ejemplo, el art. 51.1 ET se reinterpretó conforme a la Directiva 98/59 para computar los umbrales del despido colectivo también por centro de trabajo (doctrina Rabal Cañas), y se acogió el concepto europeo de trabajador y de despido. Cuarta, la herramienta de diálogo es la cuestión prejudicial (art. 267 del TFUE), por la que el juez nacional pregunta al Tribunal de Justicia. Este marco explica pronunciamientos recientes como el relativo al salario mínimo europeo.
3. Valoración Gutiérrez Arrudi
Para el trabajador, conocer estos principios abre posibilidades: si la ley española que se le aplica es contraria a una directiva o a la jurisprudencia europea, puede invocar el Derecho de la Unión para que el juez inaplique la norma interna o la interprete conforme. Muchas mejoras (en temporalidad, despido colectivo, discapacidad o conciliación) han llegado por esta vía. Conviene, por tanto, no dar por cerrada una cuestión solo porque la ley española parezca desfavorable: el filtro europeo puede alterar el resultado.
Para la empresa, estos principios exigen no leer la norma laboral española de forma aislada, sino a la luz del Derecho de la Unión y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, que puede reinterpretar o desplazar la lectura literal de un precepto. Anticipar el impacto europeo en materias sensibles (temporalidad, despido colectivo, tiempo de trabajo, igualdad) evita sorpresas y litigios. El diálogo entre tribunales nacionales y el de Luxemburgo, mediante la cuestión prejudicial, es hoy una fuente constante de novedades que conviene seguir de cerca.
Línea jurisprudencial reciente
- Primacía: ante una norma nacional incompatible con el Derecho de la Unión, el juez debe inaplicar la norma interna y dar prevalencia a la europea, sin necesidad de declararla nula.
- Efecto directo e interpretación conforme: las disposiciones claras, precisas e incondicionales del Derecho de la Unión pueden invocarse directamente (con matices en el efecto directo horizontal de las directivas entre particulares); en su defecto, el juez debe interpretar la ley nacional conforme a la directiva hasta donde el texto lo permita (por ejemplo, el art. 51.1 ET conforme a la Directiva 98/59).
- Cuestión prejudicial (art. 267 del TFUE): es el instrumento de diálogo por el que el juez nacional plantea al Tribunal de Justicia dudas sobre la interpretación o validez del Derecho de la Unión; de ella derivan muchas de las novedades recientes del orden social.
Preguntas frecuentes
Empresa
¿Puede una sentencia europea obligarnos a inaplicar una ley laboral española?
En la práctica, sí. Por el principio de primacía, si una norma española resulta incompatible con el Derecho de la Unión, el juez debe inaplicarla y dar prevalencia a la norma europea. No es que la ley española se anule, pero deja de aplicarse al caso. Además, por la interpretación conforme, el juez leerá la ley española a la luz de la directiva hasta donde el texto lo permita, lo que puede cambiar su alcance habitual. Por eso conviene analizar las materias sensibles no solo con la norma interna, sino con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.
¿Qué materias laborales están más expuestas al Derecho de la Unión?
Especialmente la temporalidad y la indemnización de los contratos temporales, el despido colectivo (umbrales y cómputo), el tiempo de trabajo (jornada, registro, vacaciones, descanso), la igualdad y no discriminación (incluida la discapacidad) y la conciliación. En todas ellas, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia ha reinterpretado o desplazado la lectura literal de la norma española. Anticipar ese impacto europeo al diseñar políticas de contratación, reestructuración o gestión del tiempo de trabajo evita decisiones que luego los tribunales corrijan. Conviene seguir de cerca las cuestiones prejudiciales pendientes en estas materias.
Trabajador
La ley española me perjudica, ¿puede ayudarme el Derecho europeo?
Es posible. Si la norma española que se te aplica es contraria a una directiva o a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, puedes invocar el Derecho de la Unión para que el juez inaplique la norma interna (primacía) o la interprete de forma conforme a la directiva. Muchas mejoras recientes en temporalidad, despido colectivo, discapacidad o conciliación han llegado precisamente por esta vía. No conviene, por tanto, dar por perdida una cuestión solo porque la ley española parezca desfavorable: un abogado puede valorar si el filtro europeo altera el resultado de tu caso.
¿Qué es la cuestión prejudicial y cómo puede afectar a mi caso?
Es el mecanismo por el que un juez español, si duda sobre cómo interpretar el Derecho de la Unión aplicable a tu asunto, suspende el procedimiento y pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La respuesta de Luxemburgo vincula y puede cambiar el sentido del fallo, no solo en tu caso, sino en todos los similares. De hecho, muchas de las grandes novedades laborales han nacido de cuestiones prejudiciales planteadas por jueces españoles. Si tu asunto plantea una duda de Derecho europeo, tu abogado puede solicitar al juez que la eleve al Tribunal de Justicia.
¿Cree que la norma que se le aplica puede ser contraria al Derecho de la Unión Europea? En Gutiérrez Arrudi Abogados analizamos su caso a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y planteamos, cuando procede, la cuestión prejudicial. Despacho en Zaragoza, especialistas en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde 1979.
Gutiérrez Arrudi Abogados — Despacho especializado en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde 1979.

