27 de mayo de 2019

FOGASA: qué cubre cuando la empresa es insolvente y cuándo puede optar por la indemnización en el despido

FOGASA / Insolvencia / Despido improcedente | Publicado originalmente: 27 de mayo de 2019 | Revisado y verificado: 24 de junio de 2026 (fuentes: BOE, CENDOJ, ET, LRJS) 1. Problemática Cuando la empresa no paga porque es insolvente o ha desaparecido, el trabajador no queda desamparado: existe el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que cubre, con límites, salarios e indemnizaciones. Dos cuestiones prácticas se repiten: hasta dónde llega esa cobertura, y qué ocurre en un despido improcedente cuando la empresa no comparece y es el propio FOGASA quien quiere optar por la indemnización en lugar de la readmisión.
25 de febrero de 2019

FOGASA, silencio positivo y cosa juzgada: cuándo no puede el Fondo reclamar lo que ya pagó

FOGASA / Silencio administrativo / Cosa juzgada | Publicado originalmente: 25 de febrero de 2019 | Revisado y verificado: 24 de junio de 2026 (fuentes: BOE, CENDOJ, LRJS, RD 505/1985) 1. Problemática El FOGASA dispone de un plazo para resolver las solicitudes de prestaciones; si no lo hace, opera el silencio positivo y se entiende reconocido el derecho del trabajador. Pero a veces el Fondo dicta después una resolución denegatoria, o intenta «recuperar» lo abonado alegando que no procedía. ¿Puede hacerlo? ¿Y si el derecho ya quedó reconocido por una sentencia firme? Aquí entra en juego un límite poderoso: la cosa juzgada.