Interpretación de las cláusulas del contrato de trabajo: qué prevalece, la letra o la intención de las partes

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1. Problemática

¿Qué pasa cuando una cláusula del contrato de trabajo es ambigua, o cuando lo que dice no coincide con lo que las partes realmente quisieron? ¿Prevalece la letra escrita o la intención común? Esta cuestión, en apariencia teórica, decide muchos pleitos sobre complementos salariales, condiciones más beneficiosas o pactos de permanencia. Conviene conocer las reglas que aplican los tribunales.

2. Hechos y Fundamentos

Las reglas de interpretación de los contratos del Código Civil (arts. 1281 a 1289) se aplican también a los pactos laborales. Forman un sistema ordenado, con una jerarquía clara. La regla de cabecera es:

La interpretación literal tiene rango preferente: si los términos del contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de las partes, se estará al sentido literal de sus cláusulas, sin que pueda, so pretexto de interpretar, alterarse una declaración clara (art. 1281, párrafo primero, del Código Civil).

El sistema funciona de forma subordinada y complementaria. Primero rige la literalidad (art. 1281.1 CC): si la letra es clara, no entran en juego las demás reglas. Solo cuando los términos son oscuros, contradictorios o evidencian que la verdadera intención fue otra, se acude a los criterios subsidiarios: la intención común de las partes prevalece sobre la letra (art. 1281.2 CC), y para averiguarla se atiende a los actos coetáneos y posteriores a la firma (art. 1282 CC), a la interpretación sistemática del conjunto de cláusulas (art. 1285 CC) y, en último término, a la regla contra el que provocó la oscuridad (art. 1288 CC), de especial relevancia cuando el contrato lo redactó la empresa. Esta lógica es decisiva, por ejemplo, para interpretar la validez de un periodo de prueba, el alcance de un finiquito o la verdadera naturaleza de una relación con un profesional liberal.

3. Valoración Gutiérrez Arrudi

Para el trabajador, estas reglas son una herramienta de defensa. Si una cláusula es ambigua y la redactó la empresa, la oscuridad se interpreta en contra de quien la causó (art. 1288 CC). Y si lo que las partes acordaron de verdad no coincide con una letra confusa, los tribunales pueden atender a la conducta posterior (cómo se aplicó realmente el pacto durante años) para fijar su sentido. Conviene conservar correos, nóminas y cualquier prueba de cómo se ejecutó el contrato.

Para la empresa, la primera enseñanza es de redacción: una cláusula clara y precisa evita litigios, porque la literalidad tiene rango preferente. La segunda es de coherencia: los actos posteriores cuentan, de modo que aplicar de hecho una cláusula de un modo determinado durante tiempo puede consolidar esa interpretación. Y conviene recordar que la ambigüedad redactada por la empresa se interpreta en su contra. La interpretación enlaza con el valor liberatorio del finiquito y con la validez de las cláusulas de periodo de prueba.

Línea jurisprudencial reciente

  • Arts. 1281-1289 del Código Civil, aplicables a los pactos laborales: forman un conjunto subordinado y complementario. Rige con rango preferente la interpretación literal (art. 1281.1 CC): si los términos son claros, no se acude a las demás reglas, para evitar que, so pretexto de interpretar, se altere una declaración clara.
  • Reglas subsidiarias (solo si la letra es oscura o contradice la intención evidente): la intención común prevalece sobre la letra (art. 1281.2 CC); se indaga por los actos coetáneos y posteriores (art. 1282 CC) y por la interpretación sistemática del conjunto de cláusulas (art. 1285 CC).
  • Regla de cierre (art. 1288 CC): la interpretación de las cláusulas oscuras no debe favorecer a la parte que ocasionó la oscuridad, criterio de especial relevancia en los contratos redactados por la empresa (interpretación contra proferentem).

Preguntas frecuentes

Empresa

¿Qué prevalece si una cláusula del contrato es ambigua, la letra o la intención?

Primero la letra: ex art. 1281.1 CC, si los términos son claros se está al sentido literal, sin poder alterarlo so pretexto de interpretar. Solo cuando la cláusula es oscura o contradice la intención evidente se acude a las reglas subsidiarias, donde la intención común prevalece (art. 1281.2 CC) y se valoran los actos posteriores. Por eso conviene redactar con precisión: una cláusula clara cierra el debate. La ambigüedad, en cambio, abre la puerta a interpretaciones que pueden no convenir a la empresa.

¿Cómo nos afecta haber aplicado una cláusula de un modo concreto durante años?

Mucho, si la cláusula no es del todo clara. Ex art. 1282 CC, para averiguar la intención de las partes se atiende a sus actos coetáneos y posteriores a la firma. Si la empresa ha aplicado de hecho una cláusula de una determinada manera durante tiempo, esa conducta puede consolidarse como su interpretación correcta, incluso aunque la empresa pretenda luego otra cosa. La coherencia entre lo pactado y lo ejecutado es clave; cambiar de criterio tras años de aplicación uniforme es difícil de sostener.

Trabajador

Mi contrato dice algo confuso y la empresa lo interpreta a su favor, ¿qué puedo alegar?

Tienes argumentos. Si la cláusula es oscura y la redactó la empresa, la ley dice que esa oscuridad no debe favorecer a quien la causó (art. 1288 CC), es decir, se interpreta en tu favor. Además, si lo que de verdad se acordó no coincide con una letra confusa, cuenta cómo se aplicó el pacto en la práctica durante el tiempo. Conviene que guardes pruebas (nóminas, correos, cómo se venía aplicando) y que un abogado plantee la interpretación que mejor refleje lo realmente acordado.

¿Sirve de algo cómo se ha venido aplicando una condición durante años?

Sí, y mucho. Cuando una cláusula no es clara, los tribunales miran la conducta de las partes después de firmar (art. 1282 CC): si una condición o un complemento se te ha venido aplicando de una determinada manera durante años, esa práctica ayuda a fijar el verdadero sentido del pacto. Por eso conviene conservar la documentación que muestre cómo se ha ejecutado realmente el contrato. Esa prueba puede ser decisiva para que se reconozca la interpretación que te favorece.

¿Tiene un conflicto sobre el sentido de una cláusula de su contrato (un complemento, una condición, un pacto)? En Gutiérrez Arrudi Abogados aplicamos las reglas de interpretación para defender el sentido que de verdad corresponde a lo acordado. Despacho en Zaragoza, especialistas en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde 1979.

Gutiérrez Arrudi Abogados — Despacho especializado en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde 1979.