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La saga sobre la indemnización de los contratos temporales no solo es interesante por su resultado, sino por cómo se gestó: a través de un diálogo entre los jueces españoles y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ese mecanismo —la cuestión prejudicial— es clave para entender cómo el Derecho de la Unión llega a aplicarse en una nómina concreta. Conviene conocerlo, porque condiciona muchos litigios laborales.
2. Hechos y Fundamentos
La cuestión prejudicial es la herramienta que permite a un juez nacional preguntar al Tribunal de Justicia cómo debe interpretarse el Derecho de la Unión antes de resolver. Su funcionamiento es el siguiente:
La cuestión prejudicial permite a un juez español suspender el procedimiento y plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cómo interpretar una norma europea —aquí, la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada—, quedando vinculado por la respuesta (art. 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE).
El recorrido de la saga ilustra el mecanismo. A partir de una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el TJUE dictó De Diego Porras I (14 de septiembre de 2016, C-596/14), que reconoció 20 días a una interina y desató una enorme litigiosidad. La rectificación llegó, también por vía prejudicial, en Gran Sala: Montero Mateos (C-677/16) y Grupo Norte Facility (C-574/16), de 5 de junio de 2018, donde el Tribunal precisó que la distinta causa de extinción es una razón objetiva que justifica la diferencia de trato, sin que exista discriminación contraria a la cláusula 4. El propio Tribunal Supremo planteó después su cuestión prejudicial, cerrando el círculo. El diálogo entre tribunales explica, así, el contenido actual de la indemnización y el cierre del debate. Sobre este marco se asentó luego la reforma de 2021.
3. Valoración Gutiérrez Arrudi
Para el trabajador, conviene saber que el Derecho de la Unión no es un texto lejano: a través de la cuestión prejudicial, una directiva puede cambiar lo que cobra al terminar su contrato. La saga demuestra que la jurisprudencia evoluciona y que, en materia de temporalidad, el TJUE sigue vigilando que España combata eficazmente el abuso. Por eso, ante un cese dudoso, merece la pena plantear el caso con la perspectiva europea.
Para la empresa, la lección es que la última palabra sobre la interpretación de las normas laborales de origen europeo no está solo en los tribunales españoles, sino en Luxemburgo. La temporalidad y su control son un terreno especialmente sensible al Derecho de la Unión. Anticipar cómo puede evolucionar la doctrina europea, y mantener una contratación temporal impecable, es la mejor estrategia preventiva.
Línea jurisprudencial reciente
- Cuestión prejudicial (art. 267 TFUE): permite a un juez nacional suspender el procedimiento y preguntar al Tribunal de Justicia cómo interpretar el Derecho de la Unión —aquí, la Directiva 1999/70/CE—, quedando vinculado por la respuesta; es el cauce del diálogo entre el juez nacional y el TJUE.
- Origen de la saga: De Diego Porras I (TJUE, 14 de septiembre de 2016, C-596/14), a partir de una cuestión del TSJ de Madrid, reconoció 20 días a una interina y generó gran litigiosidad. La rectificación llegó en Gran Sala con Montero Mateos (C-677/16) y Grupo Norte Facility (C-574/16), de 5 de junio de 2018.
- Cierre del diálogo: la distinta causa de extinción es razón objetiva que justifica el trato diferente, sin discriminación contraria a la cláusula 4 de la Directiva; el Tribunal Supremo planteó su propia cuestión prejudicial y asumió la doctrina europea (Pleno de 13 de marzo de 2019).
Preguntas frecuentes
Empresa
¿Qué es una cuestión prejudicial y por qué nos afecta?
Es el mecanismo, previsto en el art. 267 TFUE, por el que un juez español puede suspender un pleito y preguntar al Tribunal de Justicia de la UE cómo interpretar una norma europea, quedando vinculado por la respuesta. Afecta a la empresa porque buena parte del Derecho laboral tiene origen europeo (directivas sobre temporalidad, igualdad, tiempo de trabajo), y una respuesta del TJUE puede alterar el resultado de un litigio. Conviene anticipar la dimensión europea de los conflictos laborales relevantes.
¿La doctrina del TJUE sobre temporalidad puede volver a cambiar?
La saga De Diego Porras demuestra que la jurisprudencia europea evoluciona, aunque el núcleo actual está consolidado: la diferencia de indemnización entre temporal y fijo responde a razón objetiva. No obstante, el TJUE mantiene el foco en que España combata eficazmente el abuso de la temporalidad, por lo que conviene seguir su jurisprudencia. La mejor protección es estructural: una contratación temporal con causa real y duración proporcionada resiste cualquier evolución doctrinal.
Trabajador
¿Cómo puede una sentencia europea cambiar lo que cobro al terminar mi contrato?
A través de la cuestión prejudicial. Cuando un juez español tiene dudas sobre cómo aplicar una norma europea, pregunta al Tribunal de Justicia de la UE, y la respuesta es vinculante. Así fue como la saga De Diego Porras cambió —y luego matizó— lo que cobran los temporales al terminar su contrato. Por eso, en un cese dudoso, conviene plantear el caso también desde la perspectiva del Derecho de la Unión, que a veces ofrece argumentos que la sola ley española no da.
¿Me sirve de algo el Derecho europeo si mi contrato era temporal?
Puede servirte, sobre todo si tu temporalidad encubría una relación indefinida. El Derecho de la Unión obliga a combatir el abuso de los contratos temporales, y el TJUE ha advertido que la simple indemnización de 12 días no basta para ello. Esa doctrina europea es un argumento útil cuando la temporalidad ha sido fraudulenta o desproporcionada. Conviene que un abogado valore tu caso incorporando esta perspectiva, que a menudo refuerza la reclamación.
¿Su caso laboral tiene una dimensión europea (temporalidad, igualdad, tiempo de trabajo) y quiere aprovecharla? En Gutiérrez Arrudi Abogados planteamos los litigios también desde el Derecho de la Unión, cuando ello refuerza su posición. Despacho en Zaragoza, especialistas en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde 1979.
Gutiérrez Arrudi Abogados — Despacho especializado en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social desde 1979.

