13 de noviembre de 2017
Relación laboral / Trabajos familiares / Laboralidad | Publicado originalmente: 13 de noviembre de 2017 | Revisado y verificado: 24 de junio de 2026 (fuentes: CENDOJ, ET, LGSS) 1. Problemática En muchos negocios familiares trabajan hijos, cónyuges o hermanos. ¿Son trabajadores por cuenta ajena, con contrato, nómina y cotización, o quedan fuera del Derecho del Trabajo por ser «familia»? La respuesta no es automática: la ley presume que no lo son, pero esa presunción puede desvirtuarse. De ello depende que el pariente tenga o no los derechos de un trabajador, algo decisivo, por ejemplo, ante un cese o una prestación.

