30 de diciembre de 2017

Carlos Slepoy, abogado laboralista, abogado de la humanidad

El 29 de noviembre de 2017 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 5 de la capital argentina Buenos Aires, dio a conocer el veredicto en el juicio por crímenes de lesa humanidad (causas 1.270 y acumuladas) cometidos en la ESMA (Escuela Mecánica de la Armada) en relación a 789 hechos investigados.
21 de diciembre de 2017

Grupos de empresas; uso irrestricto del poder

Los grupos de empresas, entre otras razones existen para mejorar su condición competitiva en el mercado y, generar una economía de escala a nivel global, que contribuya a la creación de mayor riqueza, mediante el apoyo, asistencia técnica, económica y financiera.
15 de diciembre de 2017

Condena en costas al trabajador en el orden social

En la discusión sobre el alcance de la condena en costas al trabajador en el orden social coexisten dos interpretaciones: 1ª- La de quienes aplican el régimen civil con las normas específicas de proceso laboral. Asumen que en el proceso declarativo de instancia al no ser preceptiva ni necesaria la intervención de letrado y/ o procurador no hay condena en costas por este concepto.
11 de diciembre de 2017

Ajenidad y dependencia en las profesiones liberales

El Art. 1. 1. del ET define el contrato de trabajo fijando sus principales notas en la existencia de dos factores, la “ajenidad” como prestación de servicios por cuenta de otro y el abono de una remuneración como contrapartida y, la “dependencia”, en cuanto que se desarrollen los servicios dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica.
4 de diciembre de 2017

Empresa o centro de trabajo en el Derecho Europeo

1.- Introducción: la paradoja interpretativa1 En el mes de Mayo de 2015, el TJUE debió dar respuesta a una problemática común, presentada en tres casos distintos y relativa a la interpretación de la Directiva 98/59/CE sobre despidos colectivos. Los tres casos, por orden cronológico, son USDAW vs. Secretary of State for Business2, Lyttle vs. Bluebird3 y Rabal Cañas vs. Nexea4. Con independencia de determinadas cuestiones secundarias, los tres supuestos planteaban la necesidad de aclarar la unidad de referencia para llevar a cabo el despido colectivo. Se trataba de interpretar el alcance dado al concepto jurídico utilizado en la Directiva 98/59/CE para determinar el número de trabajadores despedidos y la existencia de un despido colectivo: el centro de trabajo.
28 de noviembre de 2017

La economicidad productiva

La Economicidad Productiva es un parámetro muy útil, en el análisis complejo de las relaciones entre las empresas de un grupo de sociedades conforme al Art 42 del c.c. Cuando iniciamos el proceso analítico, observamos la coherencia del comportamiento de los parámetros que conforman cada empresa del grupo, cuales son.
23 de noviembre de 2017

Acoso laboral: prueba

Los despachos de abogados laboralistas reaccionamos con cierta prevención ante las consultas relativas al acoso laboral (1), horizontal o vertical, masculino o femenino y ello porque nuestro subconsciente práctico anticipa las dificultades y el esfuerzo probatorio a desarrollar unido a un resultado ” a priori” dudoso. En definitiva esfuerzo y riesgo para unos resultados inciertos.
16 de noviembre de 2017

Consideraciones sobre el Derecho Social Europeo

Desde su concepción, el Derecho Social Europeo se ha vinculado a una serie de libertades económicas que la Comunidad, y posteriormente la Unión Europea, han considerado ya no sólo fundamentales sino primigenias. Así las cosas, esa innegable vinculación entre los derechos sociales y las libertades económicas genera una problemática de aplicación práctica o, si se prefiere, un conflicto entre dos intereses a priori contrapuestos. De ahí la necesidad de un equilibrio normativo que se plasma con claridad en los Tratados, y particularmente en el Tratado Constitutivo. En este sentido, las libertades económicas y los derechos sociales se integran formalmente y conforman materialmente un mismo cuerpo jurídico europeo.
13 de noviembre de 2017

Trabajos familiares y relación laboral

El Art. 1.3 e) del Estatuto de los Trabajadores excluye del ámbito de aplicación de esta ley los trabajos familiares “salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los lleven a cabo”, se trata de una presunción “iuris tantum” que admite prueba en contrario.


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del mecanismo de recuperación y resiliencia.

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